En tal sentido, al sector le compete regular, coordinar, conducir y controlar el sistema para la correcta ejecución de las políticas de salud. Y a través de este, articular a todos los prestadores de servicios de salud.
Asimismo, la norma establece que, en un estado de excepción producto de pandemias, el Ministerio de Salud asume la conducción administrativa de las direcciones regionales de salud, gerencias regionales de salud o las que hagan sus veces y de las sanidades de las fuerzas armadas y policiales.
También, dispone la prohibición de contratación de profesionales de la salud, técnicos o auxiliares asistenciales de la salud, bajo servicios prestados por terceros o servicios no personales o de locación de servicios.